10.3.15

Despojo del agua y seguridad ecológica

Gian Carlo Delgado Ramos
La Jornada de Oriente
Puebla, Puebla. 10 de Marzo de 2015.


Sólo 2.5 por ciento del total de agua en el planeta es agua dulce y no toda está disponible para el consumo humano. Alrededor de 0.8 por ciento del agua del planeta se considera accesible y apta para consumo humano, siendo ésa en su gran mayoría subterránea. La limitada disponibilidad se complejiza no sólo por el crecimiento poblacional, sino sobre todo por el desigual acceso y usufructo del líquido; y es que se calcula que la quinta parte, la más rica de la población mundial consume 85 por ciento de todos los bienes y recursos naturales, incluyendo el agua.
El panorama mundial es vergonzoso, pues hoy día un tercio de la población mundial vive en regiones con escaso acceso al agua. Los más pobres siguen siendo los más vulnerables de entre los 780 millones de personas que no tiene acceso a fuentes de agua limpia y de entre los 2.5 mil millones que carecen de servicio de saneamiento a nivel mundial.
En México, la demanda de agua para consumo humano aumentó seis veces en el último siglo, afectando la disponibilidad natural media anual por habitante: en 1955 era de 11 mil 500m3 pero para 2007 había descendido a 4 mil 312 m3, es decir, una disminución de 64 por ciento en tan sólo 50 años. De continuar con los mismos esquemas de consumo y desperdicio del agua, la disponibilidad natural media anual por habitante será aún menor en el 2030, pues se alcanzaría la cifra de 3 mil 783 m3 (considerando el aumento poblacional). Sin embargo, debe advertirse que la disponibilidad media de agua podría alcanzar niveles de estrés hídrico elevados en la Península de Baja California (780 m3 habitante año), la región del Río Bravo (907 m3) y en la del Valle de México (127 m3).
Tal escenario se presenta en condiciones de disponibilidad y calidad del agua hoy por hoy preocupantes. De los 653 acuíferos nacionales, la cantidad de sobreexplotados más que se triplicó desde 1975 al pasar de 32 acuíferos en esa condición a 80 acuíferos para 1985 y a 100 acuíferos sobreexplotados para 2011. A ello se suman las 21 cuencas que ya en 2009 se estimaban fuertemente contaminadas, sobre todo en Durango, Coahuila, Zacatecas y San Luis Potosí.
Es en este panorama hídrico que los procesos de acaparamiento de agua se agudizan, todo al tiempo que se establece la figura del agua embotellada (y del refresco) como el mecanismo por excelencia para acceder a líquido de calidad para beber.
Por lo dicho, el acceso, gestión y usufructo del agua son sin duda cuestiones cada vez más prioritarias tanto para los gobiernos como para la población. La agenda hídrica de Estado sin embargo se ha caracterizado por preservar en primer lugar los intereses empresariales que representa; así lo constatan las diversas modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales concretadas especialmente desde que se iniciara la aplicación de políticas neoliberales en nuestro país (la más reciente realizada en Agosto de 2014 para poder incluir el uso de agua para la generación de energía geotérmica). Tampoco es excepción, sino todo lo contrario, la iniciativa de Ley presentada el 4 de marzo (dictaminada favorablemente un día después por diversas Comisiones, de ahí que se hable de un proceso de aprobación exprés) que pretende, por un lado, dar carpetazo a la Propuesta Ciudadana de Ley General de Aguas (presentada el 12 de Febrero y firmada ya por 24 diputados y 22 senadores) en tanto que coloca, como ejes clave, el derecho humano al agua y el interés social y comunitario en la gestión del líquido. Por otro lado, la iniciativa abiertamente pretende consolidar un escenario que facilita las condiciones de mayor despojo, usufructo privado, violación real del derecho humano al agua y a un ambiente sano, así como formalizar la criminalización y represión de la protesta y de la investigación científica y social en materia hídrica. Y es que la mencionada iniciativa conviene, entre otras cuestiones:
  • Colocar al agua como un asunto de Seguridad Nacional o de Estado (no de seguridad de los pueblos o seguridad socioecológica), permitiendo así “el auxilio de la fuerza pública” para cumplir las determinaciones de la Ley, misma que entre otras cuestiones amplia las causas de utilidad pública y transfiere megaproyectos hidráulicos a la iniciativa privada. En consecuencia, se agravan las condiciones para la criminalización de movimientos sociales en defensa del agua o que impulsan prácticas comunitarias de gestión.
  • Reconocer el derecho humano al agua, incluyendo su accesibilidad y asequibilidad, pero con costos y cargos directos e indirectos acordes con “la capacidad económica de los usuarios”, contexto en el que la obligación de la autoridad se circunscribe en otorgar un mínimo vital de 50 litros diarios por persona.
  • Limitar en caso de emergencia por ocurrencia de fenómenos hidrometeorológicos, la responsabilidad del Estado al precisar que aunque tomaría acciones, “…la población debe adoptar las previsiones personales y colectivas para disminuir la probabilidad de daños a su persona, bienes y entorno.” El gobierno en tales casos, se agrega, desarrollará, fortalecerá e impulsará el autocuidado, autoprotección, resiliencia, resistencia y responsabilidad social de la población.
  • Considerar la “productividad económica del agua” y establecer formalmente al sector privado como actor clave en el financiamiento del sector, al tiempo que obliga a prever ajustes tarifarios en función de la inflación y costos. Y si bien la privatización del servicio de agua es punto nodal a lo largo de la iniciativa, la garantía del derecho humano al agua es visto, en cambio, como algo que se lograría “progresivamente” conforme se generen recursos y se reinviertan. Se propone para tales fines la creación del “Sistema de Colaboración para el Establecimiento de Tarifas de Servicios Públicos de Agua”, ente que estaría encargado de establecer criterios para fijar las tarifas y verificar el grado de cumplimiento de objetivos y metas.
  • Abrir la posibilidad de facto del despojo y privatización de las reservas o cuerpos de agua en tierras de propiedad social, ello en tanto que suscribe que, “…cuando se transmita el dominio de tierras ejidales o de uso común o se otorgue el usufructo de parcelas, a sociedades civiles o mercantiles o a cualquier otra persona moral, en los términos de la Ley Agraria, dichas personas o sociedades adquirentes conservarán los derechos sobre la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas correspondientes.” En este punto preocupa la posibilidad de contratos firmados por comuneros o ejidatarios que sean presentados oralmente de modo distinto al escrito, engañando a comunidades mayormente analfabetas, ya no se diga contratos falsos. Ambos casos han sido ya denunciados en el ámbito minero, que dicho sea de paso, se trata de una actividad que en la iniciativa en cuestión es convenientemente reconocida como usuaria con derechos y obligaciones, panorama en el que llama de sobremanera el establecimiento de “bancos de agua” que “podrán ser asignados temporalmente para “proyectos prioritarios estratégicos y de interés público”. No sobra decir que la minería se consideran como actividades económicas prioritarias y de supuesto “interés público”, según lo establece la Ley Minera vigente.
  • Bloquear y criminalizar la posibilidad de estudios críticos independientes, primordiales tanto para el avance del conocimiento como para la movilización social, al indicar que “…los interesados en realizar obras de exploración, estudio, monitoreo, reinyección y remediación en acuíferos sobreyacentes y subyacentes o en bienes nacionales a que se refiere esta Ley deben solicitar permiso a la Comisión”. Realizar tales acciones sin contar con el permiso correspondiente, derivaría en “penalidades de entre 200 y 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal”.


Frente a tal arranque privatizador y de criminalización de la crítica y la protesta debe subrayarse que existen alternativas, social y ambientalmente más justas y armónicas. La Propuesta Ciudadana de Ley General de Aguas es un esfuerzo en tal sentido. Enuncia la necesidad de garantizar: 1) agua de calidad y saneamiento a la población (acompañado de la propagación de prácticas de higiene y de infraestructura digna de baño); 2) agua para los ecosistemas; y 3) agua para la soberanía y la seguridad alimentaria, todo al tiempo que se llama a poner fin a la contaminación y la destrucción de los cuerpos de agua del país. Entre las medidas clave, cabe mencionar la propuesta de creación de un Fondo Nacional por el Derecho Humano al Agua y Saneamiento, auditable y para el financiamiento directo de comunidades para proyectos autogestivos y descentralizados en zonas sin acceso; la conformación de una Contraloría Social del Agua desconcentrada del Consejo Nacional de Cuencas, de composición ciudadana que procure erradicar la corrupción y la impunidad en el desempeño de la función pública del agua, con autonomía presupuestaria y capacidad vinculante en sus decisiones; la implementación de nuevos instrumentos de prevención, precaución y protección como el denominado “dictamen de impacto socio–hídrico”; así como la conformación de un sistema nuevo de concesiones que involucraría a los habitantes de cada cuenca en procesos técnicamente fundamentados para hacer recomendaciones vinculantes a la entidad federal del agua en cuanto al volumen total aprovechable y del cual sólo se concesionaría el volumen ecológicamente aprovechable considerando que el agua sería prioritariamente para la vida, garantizando el acceso equitativo y respetando la integridad de las tierras y aguas de los pueblos originarios; además, toda concesión estaría condicionada al respecto a la consulta previa, informada y culturalmente adaptada, así como a la eliminación de contaminantes, por lo que necesariamente tendrían que ser anualmente renovables. Para garantizar el funcionamiento del mencionado sistema, se proponen inspecciones oficiales regulares y monitoreo ciudadano con acceso público a los resultados.
El reto ciertamente no es menor, ni las soluciones simples, replicables a todo contexto, ni lineales. No obstante existe una propuesta de base social que no debe obviarse tal y como pretende la indicada iniciativa de Ley del Estado. Desde estas líneas se hace un llamado a la sociedad para que, en primer lugar, exprese su rechazo a la iniciativa de Estado, que se buscar aprobar tan pronto como el día 10 de Marzo (www.uccs.mx/doc/p/laleygeneraldeaguas_es), para posteriormente integrarse a los esfuerzos ciudadanos de planteo y conformación de regulaciones y acciones alternativas.

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